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Guía Completa de Facturación Electrónica en Panamá (SFEP) 2026

Guía completa del Sistema de Facturación Electrónica de Panamá (SFEP): qué es, quiénes están obligados y cómo implementarlo.

Dra. Elena Rossi
Especialista en Derecho Tecnológico y Cumplimiento Fiscal Digital
4 min lectura29 de marzo de 2026

Si su empresa opera en Panamá, en algún momento tendrá que dejar de emitir facturas en papel o PDF y migrar al Sistema de Facturación Electrónica de Panamá (SFEP). El proceso es obligatorio por etapas según actividad económica e ingresos, lo regula la DGI, y técnicamente implica firmar XML, transmitir a través de un PAC autorizado y recibir el CUFE como respuesta de autorización.

Esta guía te explica de qué se compone el SFEP, quién está obligado, qué figuras técnicas intervienen, qué normativa lo soporta y cómo se ve el flujo de emisión de extremo a extremo. Sirve tanto para entender el panorama si vas a integrar como para validar que tu proveedor cumple.

Qué es el SFEP

El Sistema de Facturación Electrónica de Panamá (SFEP) es el modelo oficial de la Dirección General de Ingresos (DGI) para que los contribuyentes emitan facturas y otros documentos fiscales en formato electrónico estructurado XML, con firma digital, transmisión a la DGI a través de un Proveedor Autorizado de Calificación (PAC), y autorización previa antes de entregar el documento al receptor.

Reemplaza a los equipos fiscales tradicionales (impresoras fiscales) por un esquema digital donde el documento solo tiene validez fiscal si fue autorizado por la DGI vía PAC y contiene el CUFE —Código Único de Factura Electrónica— de 40 caracteres.

Marco normativo del SFEP

El SFEP se sustenta principalmente en tres normas. El Decreto Ejecutivo 766 de 2020 establece el modelo de facturación electrónica como opción para sustituir los equipos fiscales. La Ley 256 de 2021 incorpora la factura electrónica al ordenamiento tributario panamenño y faculta a la DGI a reglamentar su uso obligatorio progresivo. La Resolución 201-9775 de 2021 (con sus modificatorias posteriores) detalla los requisitos técnicos, los tipos de documentos, la estructura XML y el rol de los PAC.

La DGI publica anexos técnicos con el esquema XSD oficial, el catálogo de códigos (tipos de documento, formas de pago, departamentos, etc.) y las reglas de validación. Todo PAC y todo emisor debe cumplir estos anexos en su versión vigente.

Figuras técnicas del SFEP

El emisor

Es el contribuyente (persona natural o jurídica) que emite el documento fiscal. Debe estar inscrito en el SFEP, contar con certificado de firma digital válido emitido por una entidad certificadora reconocida por la AIG (Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental) y haber elegido un PAC autorizado.

El PAC

El Proveedor Autorizado de Calificación (PAC) es la empresa habilitada por la DGI para validar la estructura del XML, verificar la firma, asignar el CUFE y transmitirlo a los sistemas de la DGI. Sin un PAC autorizado no se puede emitir factura electrónica en SFEP. La DGI publica el listado oficial de PACs habilitados.

La DGI

La Dirección General de Ingresos es la autoridad tributaria. Recibe los documentos validados por el PAC, mantiene el repositorio fiscal oficial y supervisa el cumplimiento. No recibe XML directamente del contribuyente: el canal obligatorio es a través del PAC.

Tipos de documentos electrónicos en Panamá

El SFEP define un catálogo de tipos de documento que cubren las operaciones comerciales: Factura de Operación Interna, Factura de Importación, Factura de Exportación, Nota de Débito, Nota de Crédito, Factura de Reembolso, y documentos especiales como Boleta de Devolución y comprobantes auxiliares. Cada tipo tiene reglas de validación y código numérico propio definidos en el anexo técnico de la DGI.

Flujo técnico de emisión

Un documento electrónico panamenño pasa por seis pasos: 1) Generación del XML con los datos comerciales conforme al XSD oficial. 2) Firma digital con certificado PKI válido. 3) Envío del XML firmado al PAC. 4) Validación del PAC: estructura, firma, cálculos, catálogos. 5) Asignación del CUFE y transmisión a la DGI por parte del PAC. 6) Devolución al emisor del XML autorizado con CUFE y del PDF estándar.

Solo después del paso 6 el documento es fiscalmente válido y puede entregarse al receptor. El receptor lo guarda y —si quiere— puede verificar la autenticidad consultando el CUFE en el portal de la DGI.

Qué es el CUFE en Panamá

El CUFE (Código Único de Factura Electrónica) es un identificador alfanumérico generado por el PAC al validar el documento y autorizarlo. En Panamá tiene 40 caracteres y se construye a partir del RUC del emisor, fecha, número, monto y demás campos críticos. Sirve para verificar la autenticidad del documento y es obligatorio en la representación impresa o digital (PDF) entregada al cliente.

Cómo elegir un PAC

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre PAC y emisor en Panamá? El emisor es el contribuyente que vende un bien o servicio y debe documentarlo fiscalmente. El PAC (Proveedor Autorizado de Calificación) es la empresa habilitada por la DGI que recibe el XML firmado del emisor, lo valida, le asigna el CUFE y lo transmite a la DGI. El emisor jamás envía XML directamente a la DGI: el canal oficial es siempre vía PAC autorizado.

¿Cuándo es obligatorio usar el SFEP en Panamá? La DGI ha definido obligatoriedad por etapas según actividad económica y nivel de ingresos. Sectores como contribuyentes nuevos, ciertos sectores regulados y aquellos con ingresos superiores a umbrales definidos en resolución DGI deben emitir bajo SFEP. La obligatoriedad universal aún no rige; el contribuyente debe verificar su cronograma específico en el portal DGI o en la resolución aplicable a su actividad.

¿Qué normativa principal regula la factura electrónica en Panamá? Las tres normas principales son: el Decreto Ejecutivo 766 de 2020 que establece el modelo voluntario inicial; la Ley 256 de 2021 que la incorpora al ordenamiento tributario y faculta su uso obligatorio progresivo; y la Resolución 201-9775 de 2021 (con sus modificatorias) que detalla los requisitos técnicos y el rol del PAC. Además aplica el catálogo técnico y XSD publicado por la DGI.

¿Puedo emitir factura electrónica en Panamá sin PAC? No. Bajo el modelo SFEP la transmisión a la DGI debe hacerse obligatoriamente a través de un PAC autorizado. El PAC es quien valida, asigna el CUFE y transmite el XML a la DGI. La DGI no acepta envíos directos desde el emisor. Si un proveedor afirma transmitir sin PAC al modelo SFEP, está incumpliendo la normativa vigente.