Factura electrónica en Costa Rica: estructura técnica del XML-CR y validación ATV
Estructura del XML-CR versión 4.3, tipos de comprobante, Clave Numérica, validaciones del ATV, firma con certificado BCCR y errores frecuentes en la integración de facturación electrónica en Costa Rica.

Cuando usted inicia la integración de facturación electrónica en Costa Rica, el primer documento que necesita comprender no es el reglamento del Ministerio de Hacienda — es el esquema XSD del comprobante electrónico. El formato XML-CR define exactamente qué datos van en el documento, en qué orden y con qué restricciones. Entender esa estructura antes de escribir código ahorra días de trabajo.
Esta guía cubre la estructura del XML-CR, los tipos de comprobante más usados, las validaciones que realiza el ATV (Administración Tributaria Virtual) y los errores estructurales más frecuentes que el Ministerio de Hacienda rechaza.
El comprobante electrónico en Costa Rica: tipos y alcance
Costa Rica usa el término 'comprobante electrónico' para el conjunto de documentos fiscales digitales. Los principales son: Factura Electrónica (FE), Nota de Débito Electrónica (ND), Nota de Crédito Electrónica (NC), Tiquete Electrónico (TE), Factura Electrónica de Compra (FEC) y Factura Electrónica de Exportación (FEE). Cada tipo tiene su propio esquema XSD y usa un número de clave diferente.
La Clave Numérica es el identificador único del comprobante en Costa Rica: un número de 50 dígitos que codifica el código del país (506), la fecha de emisión, el número de cédula del emisor, el tipo de comprobante, el número de consecutivo y el tipo de situación (normal, contingencia, sin internet).
<FacturaElectronica xmlns="https://cdn.comprobanteselectronicos.go.cr/xml/v4.3/facturaElectronica">
<Clave>50601020612345678900010001000000010099999999</Clave>
<CodigoActividad>610101</CodigoActividad>
<NumeroConsecutivo>00100010000000001</NumeroConsecutivo>
<FechaEmision>2026-07-02T08:00:00-06:00</FechaEmision>
<Emisor>
<Nombre>Empresa Ejemplo SA</Nombre>
<Identificacion>
<Tipo>01</Tipo>
<Numero>123456789</Numero>
</Identificacion>
</Emisor>
<Receptor>
<Nombre>Cliente Ejemplo SA</Nombre>
<Identificacion>
<Tipo>02</Tipo>
<Numero>3101234567</Numero>
</Identificacion>
<CorreoElectronico>cliente@ejemplo.com</CorreoElectronico>
</Receptor>
</FacturaElectronica>Campos obligatorios y su lógica de validación
El ATV valida no solo la presencia de los campos obligatorios sino también su coherencia interna. Si el comprobante tiene líneas con IVA del 13%, el totalizador `ImpuestoNeto` debe coincidir con la suma de los impuestos de cada línea. El ATV calcula sus propios totales y los compara con los del documento.
El campo `CodigoActividad` debe corresponder a una actividad económica autorizada para el emisor en el Ministerio de Hacienda. Si la actividad no está autorizada, el ATV rechaza el comprobante incluso si todos los demás datos son correctos.
El proceso de validación en el ATV
El flujo de envío al ATV funciona de forma asíncrona: usted envía el XML firmado al endpoint del Ministerio de Hacienda, el ATV retorna inmediatamente un número de recepción y luego procesa el documento en background. La respuesta definitiva llega después en el endpoint de consulta, o en el URL de notificación (callback) configurado.
El ATV tiene períodos de mantenimiento programados, generalmente los domingos en la madrugada. Implementar la emisión en modo 'sin internet' (situación 3 en la Clave Numérica) para esos períodos es una buena práctica.
Firma digital con el certificado del BCCR
En Costa Rica, el comprobante electrónico debe firmarse con un certificado digital emitido por el BCCR (Banco Central de Costa Rica) o por alguno de sus entes autorizados. La firma usa el estándar XAdES-BES. El certificado BCCR tiene vigencia de 4 años para personas jurídicas.
El certificado digital del BCCR puede venir en formato archivo PKCS#12 (.p12). Para firmar desde un servidor, usted debe extraer la clave privada del .p12 y configurarla en el módulo de firma. Este proceso debe hacerse con seguridad — la clave privada no debe almacenarse en texto plano.
Tipos de identificación del receptor
Costa Rica tiene cuatro tipos de identificación fiscal relevantes: tipo 01 (cédula física, 9 dígitos), tipo 02 (cédula jurídica, 10 dígitos), tipo 03 (DIMEX — Documento de Identidad de Migrantes, 11 o 12 dígitos) y tipo 04 (NITE — Número de Identificación Tributaria Especial). El tipo de identificación determina el formato esperado y el ATV valida la coherencia.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la versión vigente del esquema XSD del comprobante electrónico en Costa Rica?
La versión vigente es la 4.3, publicada por el Ministerio de Hacienda. El número de versión está embebido en el namespace del XML. Usar una versión anterior a la vigente resulta en rechazo del ATV. El Ministerio de Hacienda publica las versiones en el portal de comprobantes electrónicos.
¿Cómo puedo consultar el estado de un comprobante enviado al ATV?
El ATV provee un endpoint de consulta donde usted puede obtener el estado actual de un comprobante usando su Clave Numérica. Los estados posibles son: Recibido (pendiente de procesamiento), Procesado Aceptado, Procesado Rechazado y Error de firma.
¿Qué diferencia hay entre el Tiquete Electrónico y la Factura Electrónica en Costa Rica?
El Tiquete Electrónico (TE) se usa para ventas a consumidores finales donde el receptor no necesita crédito fiscal. No requiere datos de identificación del receptor. La Factura Electrónica (FE) requiere identificación del receptor y puede usarse como soporte de crédito fiscal. Para ventas a contribuyentes registrados, siempre debe emitirse FE; el TE no sirve como soporte fiscal para el receptor.
¿Es posible emitir comprobantes electrónicos en Costa Rica sin conexión a internet?
Sí, pero con restricciones. El modo 'sin internet' (situación 3 en la Clave Numérica) permite emitir comprobantes sin transmisión inmediata al ATV. El contribuyente tiene un plazo de 2 días hábiles para transmitir los comprobantes emitidos en este modo. Este modo es para contingencias genuinas de conectividad, no para optimizar procesos.
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